GIPE (Nº 24.171) 24 de junio de 2025
INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA:
¡MI TRABAJO TIENE UN VALOR!
Honorarios. Una agencia logró cobrar sus honorarios a pesar de que el vendedor, aprovechando que el acuerdo fue verbal, se negaba a pagar argumentando que se había convenido que no tendría ningún coste. Sin embargo, todo contrato de intermediación inmobiliaria se presume remunerado, a menos que se acuerde expresamente lo contrario. El tribunal destacó que es bien sabido que estos servicios suelen ser pagados por el vendedor, con tarifas que generalmente oscilan entre el 3% y el 7% del precio de venta. Para evitar malentendidos y proteger sus derechos, asegúrese siempre de formalizar los encargos por escrito.
COMPRAVENTA INMOBILIARIA:
ESTE PLAZO ES ABUSIVO…
En un contrato de compraventa de una vivienda de obra nueva, se acordó que el inmueble sería entregado antes de una fecha concreta, aunque el promotor se reservaba el derecho de extender ese plazo en dos ocasiones. Sin embargo, esta cláusula ha sido declarada nula por considerarse abusiva.
Como resultado, el comprador recibió una compensación por los perjuicios sufridos, ya que tuvo que continuar pagando el alquiler de otra vivienda durante un año.
Por ello, se le indemnizó con el importe correspondiente a esas mensualidades.
ARRENDAMIENTOS:
SÍ QUE NOTIFIQUÉ AL AVALISTA…
Si tiene una propiedad alquilada y decide iniciar un proceso de desahucio por impago, puede incluir en la misma demanda tanto al inquilino como al avalista solidario. Importante: esto solo será posible si previamente ha reclamado el pago al avalista antes de interponer la demanda.
Nota: Os informamos de que a partir de ahora subiremos todas las Newsletters en formato pdf al “Área Privada” de la web de GIPE dentro del apartado “ GIPE Newsletters” para que podáis consultarlas cuando queráis.
GIPE: Unidos seremos más fuertes