GIPE Newsletter (Nº 24.137) 9 de enero de 2025
COMPRAVENTA DE INMUEBLES:
CAUTELAS ANTE UNA PERMUTA
La permuta inmobiliaria es un contrato por el cual se intercambia un bien inmueble en lugar de pagarlo con dinero. Es común que un particular ceda un solar a una promotora a cambio de una o más viviendas futuras, aunque también puede implicar el intercambio de viviendas ya construidas. Es una alternativa a la compraventa que evita recurrir a financiación externa, pero es un contrato complejo que requiere planificación y regulación detallada de sus condiciones.
Aspectos clave a considerar:
Requisitos de la obra:
- Detallar características específicas de la vivienda final, como dimensiones, distribución, equipamientos y calidad de materiales.
- Incorporar como anexo la licencia de obra y memoria de calidades.
- Establecer plazos concretos para inicio y fin de la obra, con penalizaciones por retrasos, y definir cómo se entregará la vivienda.
Incumplimientos y garantías:
Pactar soluciones en caso de incumplimiento, como:
- Indemnización por diferencias entre lo pactado y lo entregado.
- Resolución del contrato, recuperando el solar y la obra realizada, con compensación a la promotora.
- Obligación del constructor de comprar el terreno a precio justo.
Exigir garantías para asegurar el cumplimiento del contrato, como avales bancarios, garantías personales, o hipotecas sobre otros bienes.
La exhaustiva regulación contractual y la exigencia de garantías son fundamentales para proteger los derechos de las partes.
ARRENDAMIENTOS:
MULTAS POR CLÁUSULAS ABUSIVAS
Las autoridades de consumo han comenzado a sancionar a inmobiliarias por imponer comisiones abusivas a inquilinos, especialmente relacionadas con gastos de gestión y formalización de contratos. Con la Ley por el Derecho a la Vivienda, se modificó la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), estableciendo que dichos gastos son responsabilidad del arrendador, no del inquilino.
Detalles importantes:
Protección al inquilino:
- La norma busca proteger a los arrendatarios como consumidores, evitando que paguen por servicios que no han solicitado, ya que suele ser el arrendador quien encarga la gestión a la inmobiliaria.
- Sin embargo, los inquilinos deben pagar por servicios específicos que hayan solicitado directamente, como asesoramiento o gestiones adicionales.
Ámbito de aplicación:
- La norma se aplica únicamente a los arrendamientos de vivienda, regulados por la LAU.
- No afecta a alquileres de locales, arrendamientos suntuarios, de temporada o por habitaciones.
Esta regulación pretende equilibrar las responsabilidades entre las partes y sancionar prácticas contrarias a los derechos del consumidor.
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