GIPE Newsletter (Nº24.191) 21 noviembre 2025
IMPUESTOS:
¿CONVIENE AMORTIZAR LA HIPOTECA?
Si compró su vivienda habitual antes de 2013, puede beneficiarse de la deducción por adquisición de vivienda en el IRPF. Por ello, no es recomendable actuar con demasiada prisa. Recuerde que los pagos de su hipoteca le permiten aplicar cada año esta deducción y, en consecuencia, reducir su factura fiscal. Además, salvo que tenga acordado algo distinto, el banco suele cobrar una comisión cercana al 1% por realizar amortizaciones anticipadas.
Es preferible optimizar la cuota pagada.
Aportaciones más altas
Lo que sí puede plantearse es destinar parte de su dinero a aumentar las cuotas anuales del préstamo, hasta alcanzar el límite máximo deducible de 9.040 euros. Así aprovechará al máximo la deducción por vivienda habitual en su declaración de la renta.
Nota: Si adquiere la vivienda junto con su pareja o cónyuge y presentan declaraciones de IRPF por separado, pueden incrementar entre ambos las cuotas satisfechas hasta un total de 18.080 euros anuales.
Ejemplo
Usted y su cónyuge contrataron una hipoteca que finaliza dentro de seis años, con un capital pendiente de 70.170 euros y una cuota mensual de 1.074 euros (12.888 euros al año).
Nota: Ahora han recibido un ingreso extra y disponen del dinero necesario para cancelar el préstamo, por lo que se plantean varias alternativas:
Opción 1: No modificar nada y dejar que la hipoteca termine en seis años.
Opción 2: Amortizar de una sola vez los 70.170 euros y cancelar completamente la hipoteca, pagando al banco una comisión de 701 euros (1%).
Opción 3: Aumentar la cuota mensual a 1.502 euros (18.024 euros al año), lo que permitiría liquidar el préstamo en 4 años y 2 meses.



